Agenda aeronáutica de Córdoba

*2 de abril de 2021 - Regresa ruta Córdoba - Jujuy por Aerolíneas Argentinas.


Flightradar24.com

jueves, 2 de mayo de 2013

Los controladores aéreos de Córdoba van al paro

El personal del servicio de control de tránsito aéreo (ATC) del FIR Córdoba ha decidido realizar un paro desde el 9 al 11 de mayo, comenzando este a las 06hs del día 9, y finalizando cuarenta y ocho horas después.
La medida de fuerza de los trabajadores responde a tres motivos fundamentales:

*Rechazo al proyecto de ley de privatización de los servicios de navegación aérea.
*Reclamo de la creación inmediata de un organismo estatal y civil de servicios aeronáuticos, independiente de la Fuerza Aérea, no privatizado y con garantías de estabilidad laboral a los trabajadores del sector, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte.
 *Pago de salarios adeudados, por mal encasillamiento de forma retroactiva (con el correcto encasillamiento).

El paro afectara severamente el espacio aéreo del FIR Córdoba, y por decantación tendrá repercusión en los otros colindantes y en los vuelos en general de toda Argentina y países limítrofes. Este es el detalle de las restricciones que se impondrán durante las dos jornadas de protesta.

Aviación comercial (cabotaje), general y trabajo aéreo:
* Una aeronave cada 20 minutos, independientemente del destino y totalizando los espacios aéreos afectados, sujetando el ordenamiento a horas de despegue otorgadas por los centros de controles de área (Ezeiza, Córdoba, Mendoza, Comodoro Rivadavia y Resistencia), y sin esperas en fijos de aproximación. Esta regulación será aplicada a todas las aeronaves despegando de aeropuertos y aeródromos controlados.
* No se brindara servicio de información de vuelo a toda aeronave que despegue desde y se dirija a aeródromos no controlados o lugares aptos denunciados, en reglas de vuelos visual. Si la planificación de vuelos requiere de este servicio, alerta o vuelo por instrumentos, deberá efectuar con antelación a esta medida la coordinación correspondiente a fin de obtener el respectivo permiso de transito y hora de despegue.

Aviación internacional:
* Una aeronave cada 40 minutos a aquellas provenientes de otros estados y con destino tanto a nuestro país como estados limítrofes en uso de la tercera libertad del aire. Entiéndase que cada estado limítrofe es independiente entre sí del trafico, no debiendo sumar los ingresos a nuestro país como un totalizado, sino en forma independiente (ej: 1 de Chile cada 40 minutos, 1 de Bolivia cada 40 minutos, 1 de Paraguay cada 40 minutos, 1 de Brasil cada 40 minutos, 1 de Uruguay cada 40 minutos).
* Una aeronave cada 40 minutos entre aquellas que despegan hacia estados extranjeros, y combinando entre si cada aeropuerto en forma independiente y no totalizada.

Los vuelos que quedaran excluidos de la medida son: Presidencial, de fuerzas armadas, de fuerza de seguridad, en emergencia, en misión humanitaria, sanitarios, misión de búsqueda y rescate, vuelos procedentes de Tierra del Fuego, sector antártico, Islas Malvinas, Johanesburgo, Ciudad del Cabo, del continente de Oceania y de la Isla Martin García.

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