Los vuelos que quedaran excluidos de la medida son: Presidencial, de fuerzas armadas, de fuerza de seguridad, en emergencia, en misión humanitaria, sanitarios, misión de búsqueda y rescate, vuelos procedentes de Tierra del Fuego, sector antártico, Islas Malvinas, Johanesburgo, Ciudad del Cabo, del continente de Oceania y de la Isla Martin García.
Agenda aeronáutica de Córdoba
*2 de abril de 2021 - Regresa ruta Córdoba - Jujuy por Aerolíneas Argentinas.
jueves, 2 de mayo de 2013
Los controladores aéreos de Córdoba van al paro
El personal
del servicio de control de tránsito aéreo (ATC) del FIR Córdoba ha decidido realizar
un paro desde el 9 al 11 de mayo, comenzando este a las 06hs del día 9, y
finalizando cuarenta y ocho horas después.
La medida de
fuerza de los trabajadores responde a tres motivos fundamentales:
*Rechazo al
proyecto de ley de privatización de los servicios de navegación aérea.
*Reclamo de
la creación inmediata de un organismo estatal y civil de servicios aeronáuticos,
independiente de la Fuerza Aérea, no privatizado y con garantías de estabilidad
laboral a los trabajadores del sector, dependiente del Ministerio del Interior
y Transporte.
*Pago de salarios adeudados, por mal
encasillamiento de forma retroactiva (con el correcto encasillamiento).
El paro
afectara severamente el espacio aéreo del FIR Córdoba, y por decantación tendrá
repercusión en los otros colindantes y en los vuelos en general de toda
Argentina y países limítrofes. Este es el detalle de las restricciones que se impondrán
durante las dos jornadas de protesta.
Aviación
comercial (cabotaje), general y trabajo aéreo:
* Una
aeronave cada 20 minutos, independientemente del destino y totalizando los
espacios aéreos afectados, sujetando el ordenamiento a horas de despegue
otorgadas por los centros de controles de área (Ezeiza, Córdoba, Mendoza,
Comodoro Rivadavia y Resistencia), y sin esperas en fijos de aproximación. Esta
regulación será aplicada a todas las aeronaves despegando de aeropuertos y aeródromos
controlados.
* No se
brindara servicio de información de vuelo a toda aeronave que despegue desde y
se dirija a aeródromos no controlados o lugares aptos denunciados, en reglas de
vuelos visual. Si la planificación de vuelos requiere de este servicio, alerta
o vuelo por instrumentos, deberá efectuar con antelación a esta medida la coordinación
correspondiente a fin de obtener el respectivo permiso de transito y hora de
despegue.
Aviación
internacional:
* Una
aeronave cada 40 minutos a aquellas provenientes de otros estados y con destino
tanto a nuestro país como estados limítrofes en uso de la tercera libertad del
aire. Entiéndase que cada estado limítrofe es independiente entre sí del
trafico, no debiendo sumar los ingresos a nuestro país como un totalizado, sino
en forma independiente (ej: 1 de Chile cada 40 minutos, 1 de Bolivia cada 40
minutos, 1 de Paraguay cada 40 minutos, 1 de Brasil cada 40 minutos, 1 de
Uruguay cada 40 minutos).
* Una
aeronave cada 40 minutos entre aquellas que despegan hacia estados extranjeros,
y combinando entre si cada aeropuerto en forma independiente y no totalizada.
Los vuelos que quedaran excluidos de la medida son: Presidencial, de fuerzas armadas, de fuerza de seguridad, en emergencia, en misión humanitaria, sanitarios, misión de búsqueda y rescate, vuelos procedentes de Tierra del Fuego, sector antártico, Islas Malvinas, Johanesburgo, Ciudad del Cabo, del continente de Oceania y de la Isla Martin García.
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